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martes, 3 de mayo de 2011

!UNA OBRA DE CARIDAD PARA ESOS TRABAJADORES!

DESPIDO DE LUIS TORIBIO TROYANO POR EL AYUNTAMIENTO SOCIALISTA DE VILANOVA Y LA GELTRÚ, JUICIO 31-1-2011.

Rafael del Barco Carreras

Barcelona 3-05-2011. Que el abogado del Ayuntamiento en el juicio por el despido suelte en dos ocasiones la frase del título, cuando los Planes de Empleo de Ocupación Local “Proyecte Impuls” de la Generalitat de Montilla los financiaba Europa, no demuestra su ineptitud (muy notoria) sino el sentir de su representado.

El sentir de un Alcalde socialista Joan Ignasi Elena García, abogado laboralista, que forma parte de la Comisión Ejecutiva del PSC desde hace diez años, y miembro importante de “Nou Cicle” que propugna una renovación a fondo del Partido.

A mí y a todos nos gustaría hacer caridad con fondos ajenos… y por lo visto en ese ayuntamiento socialista además de la caridad exigían a los mendicantes que les rindieran pleitesía. ¡Cómo debe ser! ¡Agradecidos por 600 euros al mes!

Creí que mis comentarios sobre el juicio al que asistí (su mujer y yo únicos oyentes) se cerraban revueltos en la serie sobre la Operación Macedonia (corrupción policial y narcotráfico a gran escala), o la detención de una red de prostitución con menor deficiente incluida “empresa multinacional”con sede central y tres prostíbulos en Vilanova (denunciada y detenida por la Guardia Civil no por las autoridades locales), pero (natural en un furibundo denunciador de la Corrupción) mi amigo Luis desmenuza en su web www.legitimidad.com el juicio.

Para mi el despido estaba claro; descubrieron su actividad en INTERNET y le despidieron fulminantemente; montando a posteriori una comedia con visos laborales que él profundiza en su web como otra más de las corrupciones de ese Ayuntamiento.

Una frase contundente; la Corrupción política y moral de pasar de administradores del dinero público ¡y en este caso de Europa! a dueños… y ¡hasta hacer caridad! Cuando en realidad lo dilapidaban entre desidia y chapuzas. La degeneración total de ese llamado “socialismo” de cargos, negocios, Burbuja Inmobiliaria, y quiebras de caixas.

Sicólogos y sociólogos, o sicoanalistas y psiquíatras, encontrarían mejor que yo una definición transformando a un OBRERO a sueldo del o por el PSOE (eso y no otra cosa es el abogado defensor y el abogado alcalde) en propietario de lo que administra, y que al igual que los antiguos aristócratas reparten a través de sus mamporreros los sobrantes mendrugos de pan. Conforman otra “clase social”, ajena a las colas del Paro, a diferenciar de… ¡esos trabajadores!

Y como estas “insignificantes anécdotas” no alcanzan el grado de “publicables” en www.lagrancorrupcion.blogspot.com añado pormenores del juicio, comentarios sobre el “Poyecte Impuls”, y en el enlace LEGITIMIDAD se muestra el vídeo del juicio.


Estudio del video del Juicio de Vilanova
5'45 El Abogado del ayuntamiento dice que era una obra de caridad para esos trabajadores
58'20 El Abogado del ayuntamiento dice que era una obra de caridad para esos señores
La Direcció Facultativa EXISTE, hasta en 12 ocasiones, en la Carta de Despido... en cambio, en el Juicio del 31 de Enero... ya no existe... NO INTERESA QUE EXISTA... y eso que tienen a un ARQUITECTO y a una APAREJADORA...
Estudio del Juicio contra el Ayuntamiento de Vilanova from Luis Toribio on Vimeo.

Minuto Actor Comentario
3'32 Abogado ayuntamiento Realizar el baño de la Escuela de Música
3'50 Abogado ayuntamiento Para hacer esos baños se necesitaría mucho menos
4'00 Abogado ayuntamiento El Ayuntamiento no tiene ningún tipo de gasto sino que es la Comunidad europea la que sufraga todo con fondos sociales
5'08 Abogado ayuntamiento Los cascos tardaron 1 o 2 días en llegar
5'35 Abogado ayuntamiento No era una necesidad perintoria arreglar esos baños
5'45 Abogado ayuntamiento Era una obra de caridad para esos trabajadores
6'42 Abogado ayuntamiento No hay ningún interés en los planos del baño de la Escuela de Música de Vilanova i la Geltrú
6'50 Abogado ayuntamiento No había dirección facultativa
7'01 Abogado ayuntamiento Eran profesores de la escuela que daban clases allí y daban órdenes de cómo se tenían que hacer las obras del baño
7'55 Abogado ayuntamiento Por propio sentido común: ¿Cómo se le puede ordenar al Sr. Toribio que haga una pared si no hay tochos? Es imposible
11'17 Abogado ayuntamiento ¿Qué sentido tiene despedir a una persona que no tiene ningún gasto para el ayuntamiento de Vilanova?
24'06 Luis Toribio ¿Puedo hablar?
24'02 La Juez No. Estamos viendo el CD
30'20 Profesor escuela No había dirección facultativa y el, como profesor, les hacia un favor, como coordinación de la obra
32'40 Profesor escuela Los baños no están acabados a fecha del Juicio: 31/1/2011
39'35 Abogado ayuntamiento ¿El Sr. Toribio o cualquier Jefe de obra tiene la obligación de aceptar las órdenes de la dirección facultativa?
43'45 Profesor escuela Yo no estaba presente en esos primeros días (30 de agosto)
43'50 Profesor escuela Me consta que faltaban herramientas y material
44'10 Profesor escuela Habia una serie de trabajos a realizar y la escuela no tenía ni material ni herramientas
44'40 Profesor escuela Dice que es la primera vez que lo ve y sólo reconoce el membrete del ayuntamiento. Niega el documento nº 12.
45'05 Profesor escuela Tampoco sabe cuando compra el material el ayuntamiento
45'40 Profesor escuela No sabe nada del comienzo de la obra
47'20 Profesor escuela Confirma que faltaba material
48'20 Profesor escuela La Memoria y los Planos de la obra le fue entregado el primer día de trabajo (lunes, 30 de agosto)
53'00 Profesor escuela No sabe la fecha del despido del Sr. Toribio
53'10 Profesor escuela No sabe la fecha del accidente del lampista Sr. Haffner
53'15 Profesor escuela Confirma que no fue sustituido el lampista tras su accidente
53'30 Profesor escuela Confirma que está parada la obra desde hace un mes
54'28 Abogado ayuntamiento El video no dice de qué fecha es y que el Jefe de obra vaya el primer día con una cámara de video dice mucho de él
55'25 Abogado ayuntamiento La dirección facultativa ahora si existe…
56'15 Abogado ayuntamiento El Sr. Toribio dice que no le habían dado las botas y en el video se ve gente que lleva botas
56'30 Abogado ayuntamiento Dice que no ha sido hecho en dichas instalaciones
57'15 Abogado ayuntamiento Era muy peligroso tener al Sr. Toribio en la obra
57'30 Abogado ayuntamiento ¿Qué sentido tiene despedir al Sr. Toribio que no está siendo pagado por el ayuntamiento de Vilanova?
58'20 Abogado ayuntamiento Era una obra de caridad para esos señores
58'40 Abogado ayuntamiento Dice que ese video no sabe si ha sido filmado en la Escuela de Música
58'58 Abogado ayuntamiento La prueba del video no debe de ser tenida en cuenta
59'07 Abogado ayuntamiento El Sr. Arquitecto no tiene por qué saber si ha habido un accidente o no. No tiene por qué saber que el lampista se ha accidentado
59'37 Abogado ayuntamiento Aquí no estamos hablando de temas de seguridad

Ver más en www.legitimidad.com

Luis Toribio Troyano






















Comentarios sobre el "PROYECTE IMPULS":


Anònim ha dit...
Yo he sufrido como PEOL toda la desinformación, mala coordinación de este proyecto. Actualmente trabajo porque lo necesito, pero es un proyecto de abuso, nos reducieron el sueldo un 30 por ciento menos de lo que en primer momento nos comentaron. Nos inhibieron para coger el trabajo si o si.

3 de novembre de 2010 19:31


Anònim ha dit...
Manifestació el dia 22-12-10 a Pça St Jaume a les 5.30 per protestar pel frau dels P.Ocupació.
Més info:
http://cgtbarcelona.org/icub/?p=67

Si us plau, passeu aquesta info a tota la gent afectada!

16 de desembre de 2010 19:31


Soto Maya ha dit...
las intenciones de este proyecto eran motivar a la gente que estamos en el fango asta el cuello. La realidad ha sido hundirnos mas ya que hemos salido con nuestras ilusiones rota y convencido del derroche atroz de nuestro dinero.
Yo también he formado parte en este plan y nunca había visto algo tan desastroso y tengo mas de cincuenta años.

25 d’abril de 2011 18:04







miércoles, 27 de octubre de 2010

PLANES EXTRAORDINARIOS DE OCUPACIÓN LOCAL - "PROJECTE IMPULS" Convocatoria 2010.

2. AYUNTAMIENTO DE VILANOVA I LA GELTRÚ.

Rafael del Barco Carreras

Barcelona 27-10-10. El día 23 califiqué, sin entrar en materia, de chapuza lo que me contaba mi amigo el ingeniero industrial Luis Toribio Troyano sobre su empleo (surgido de las listas del paro de larga duración) y rápido despido por parte del Ayuntamiento de Vilanova.

Hoy visitando su portal
http://www.cronicadeunaccidenteanunciado.com el asunto ya no me parece una chapuza. No solo se trata de la desidia en una obra municipal en la que emplean unos parados de larga duración elegidos por ordenador, sino de un conjunto de actuaciones que describen un ambiente un tanto tortuoso, por no añadirle otros adjetivos denunciables.

Inmerso en mi “Gran Corrupción” en principio me pareció un sainete local dentro de los planes municipales de Zapatero para ayudando a los ayuntamientos crear empleo. Ahora tras leer en www.gencat.cat los planes extraordinarios de la Generalitat con financiación del Fondo Social Europeo, quizá deba descatalogarlo de Gran Chapuza para entrar de lleno en el temario de mi www.lagrancorrupcion.blogspot.com . Como mínimo forma parte por derecho propio de las docenas de miles de chapuzas-corrupciones que conforman la España Socialista actual, y que aisladamente no alcanzan la categoría de noticia.

La financiación conforma el apartado más importante del Proyecto IMPULS, adjunto en imágenes de www.lagrancorrupcion.blogspot.com:

Financiación

100.000.000 euros
Cofinanciación del Fondo Social Europeo, para los planes extraordinarios de ocupación local en colaboración con las entidades locales.




La cifra merece atención, por como la manejan, y también el escrito de despido a Luis Toribio Troyano. Desde el primer momento en que le ordenaran, como encargado de la obra o grupo de tan especiales obreros, derruir paredes para ampliar unas dependencias educativas, advirtió que algo extraño sucedía. Aquello no era un apaño de bricomanía. Debían derruir paredes, techos y levantar pavimento, para ampliar las salas donde irónicamente se impartían los cursos de Seguridad Laboral y otros. A suponer de los célebres cursos subvencionados que rebajan las estadísticas del paro.

Parecía un insulto no solo a él y sus compañeros de contratación sino a ese Diploma otorgado por el cursillo del primer mes de contratación. Sin equipo adecuado, sin herramientas, sin material, y por lo visto sin presupuesto. Un proyecto reflejado en unos planos que ante las quejas desaparecieron de su vista. Un encargado sin planos, con obreros no cualificados, y como única infraestructura las herramientas que cada uno se trajera de su casa.

Total; despedido por incordiar. Escrito del Ayuntamiento:



El Regidor d'Hisenda, Régim intern i Seguretat ciutadana, Sr. Albert Sanabra Guillamon, ha dictat en el dia d'avui, el Decret següent, que figura transcrit en el llibre de resolucions de l'alcaldia:

"Atès que el Sr. LUIS TORIBIO TROYANO es treballador d'aquest Ajuntament des del dia 12 de Juliol de 2010, fins el dia 11 de gener de 2011, en virtut del contracte de treball per obra o servei determinat, a temps parcial, amb jornada de treball ordinària de 24,5 hores setmanals; i que va ser contractat en virtut dels Plans d' Ocupació Extraordinaris 2010.

Atès que, entre les Clausules Addicionals al contracte signat pel Sr. Toribio, es trobaven incloses les següents:

• "Respectar ais companys/companyes i superiors jeràrquics".

• "Complir amb les obligacions concretes del lloc de treball, conforme als principis de bona fe i diligència. Dur a terme les tasques i les feines que se li encomanin seguint les orientacions i indicacions dels/les seus/seves superiors".

Atès l'lnforme de data 22 de setembre de 2010, emès per la Cap d'Escoles Municipals, Sra. Mercè Duran, respecte a l'actuació professional del Sr. Luís Toribio Troyano, en el que estableix, entre altres:

"(...) el Sr. Luís Toribio presenta una actitud abúlica, inhibint-se totalment de la feina i de la responsabilitat de dirigir la brigada d'operaris. Aquest fet provoca alhora una manca de jerarquía i, óbviament, de coordinació en la resolució de la feina. Davant les indicacions de la direcció facultativa (Sra. Fina Pericón - arquitecte tècnic i sr. Felip Gómez, arquitecte) mostra una total ignorància dels temes tècnics de desenvolupament de l'obra que se li exposen, no recull cap ordre, i fins i tot les tergiversa.


Para lo que interesa no es necesaria más traducción del catalán que; “…El Sr. Luis Toribio presenta una actitud abúlica, inhibiéndose totalmente del trabajo y de la responsabilidad de dirigir la brigada de operarios…”



Lo de abúlico me hace reir; ¡podrían despedir por las causas aludidas al millón de funcionarios o parafuncionarios enchufados que sobran para cuadrar las grandes cifras nacionales! Conozco personalmente a Luis desde mis inicios en Internet y sé de lo tozudo que puede resultar ante cualquier, no ya injusticia, sino irregularidad. Postura de decencia personal no siempre aceptada. La abulia no es uno de sus pecados, quizá la vehemencia… un tanto parecida a la que utilizaban los socialistas antes de conquistar el Poder, o donde aun no lo ejercen.



Reproduzco en http://www.lagrancorrupcion.blogspot.com el “proyecte impuls” de la Generalitat… por el momento… para entrar en materia.



Continuará…







GENERALITAT DE CATALUNYA
www.gencat.cat


Planes extraordinarios de ocupación local - "Projecte Impuls"

Convocatoria 2010


AVISO: Ampliación de los plazos de ejecución de contrataciones de los planes extraordinarios de ocupación local (Projecte Impuls - Treball)

Encontraréis la resolución mediante la cual el Servei d'Ocupació de Catalunya, en fecha de 14 de julio, amplía el plazo máximo para iniciar las contrataciones de personas trabajadoras para esta convocatoria .

En el marco de los "30 compromisos para la ocupación, el tejido económico y el desarrollo social de Catalunya" se recogen los planes extraordinarios de ocupación local vinculados a los sectores emergentes de la nueva economía (tecnologías de la información y la comunicación, las energías renovables, la eficiencia y el ahorro energéticos) y también a las actividades del sector de la construcción, uno de los más castigados por el incremento del paro, que impliquen una mejora de la cualificación.

En el ámbito del Proyecto Impulso, los planes extraordinarios de ocupación local acontecen una respuesta inmediata a la situación de crisis económica y de destrucción de ocupación, y a la vez contribuyen a los fundamentos de crecimiento de valor añadido tanto para las personas desempleadas beneficiarias como para los territorios donde se materialicen los proyectos de inversión. Así, los planes extraordinarios de ocupación local priorizan de una parte las personas paradas que no reciben prestación de paro o que estén a punto de agotarlas, y, combinan, por primera vez, la experiencia profesional con la formación porque mejore su calificación y competencia profesional.

La finalidad de los planes extraordinarios de ocupación local es fomentar la ocupabilidad de las personas trabajadoras en situación de desempleo y mejorar su capacidad de adaptación al cambio, su cualificación y competencias profesionales en sectores y actividades capaces de generar nuevos puestos de trabajo, mediante la adquisición de la experiencia laboral y la formación profesionalizadora o transversal.

Entidades beneficiarias

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones que prevé esta Orden las entidades locales de Catalunya y sus entidades dependientes o vinculadas, con competencias en materia de ocupación y/o desarrollo local, de acuerdo con lo que se establece en el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, por la que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Catalunya.

Sectores y actividades

Los planes extraordinarios de ocupación local se han de dirigir exclusivamente a los sectores de las energías renovables, eficiencia y ahorro energético; las TIC y la rehabilitación de viviendas, edificios o equipamientos de titularidad o uso público.

Colectivos destinatarios

Las contrataciones se deben dirigir a las personas trabajadoras desempleadas inscritas como mínimo 6 meses como demandantes de empleo en el servicio público de ocupación, que no cobren la prestación y/o subsidio de desempleo o les falte un mes para agotarla, en el momento de la presentación de la oferta de empleo, y que no hayan participado en proyectos del programa de planes de ocupación iniciados en los años 2008 y 2009.

A estos efectos no se considera subsidio la ayuda del Programa temporal de protección por desempleo e inserción (PRODI), la renda mínima de inserción y aquellas otras ayudas que lo determinen expresamente sus bases reguladoras.

Además, tienen carácter preferente para los proyectos de planes extraordinarios de ocupación local, las personas que cumplan los requisitos del apartado anterior y que además se encuentren en una de las situaciones siguientes:

* Trabajadores/as que han participado en acciones formativas relacionadas con los sectores priorizados en la convocatoria.
* Jóvenes de hasta 30 años.
* Trabajadores y trabajadoras con discapacidad y otros colectivos en situación de riesgo de exclusión social.

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria ya ha finalizado.

El plazo máximo para la contratación de los trabajadores/as es el 15 de julio de 2010.

Los proyectos han de finalizar el 15 de enero de 2011.

Financiación

100.000.000 euros
Cofinanciación del Fondo Social Europeo, para los planes extraordinarios de ocupación local en colaboración con las entidades locales.

Normativa

* Orden TRE/84/2010, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades locales para la realización de planes extraordinarios de ocupación locales ("Projecte Impuls Treball").
* Orden TRE/213/2010, de 9 de abril, de modificación de la Orden TRE/84/2010, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades locales para la realización de planes extraordinarios de ocupación locales ("Projecte Impuls - Treball")



Directori del PSC


Joan Ignasi Elena Garcia

Alcalde/ssa de VILANOVA I LA GELTRU
Conseller/a Comarcal de Cultura
Conseller/a Comarcal d'Habitatge
Conseller/a Comarcal de Patrimoni Artístic
Conseller/a Comarcal de Política Territorial
Conseller/a Comarcal de Promoció Econòmica
Vicepresident/a Consell Comarcal
Membre de la Comissió Executiva Agrupació de VILANOVA I LA GELTRÚ
Secretari/a Nacional del Partit
Secretari/a de Comissió Executiva Federació de Alt Penedès - Garraf
Comitè Ampliat Solidaritat i Cooperació
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Biografia personal
Joan Ignasi Elena va néixer a Barcelona l'any 1968.
És llicenciat en Dret per la Universitat de Barcelona. Va exercir d'advocat fins l'any 2005, i està especialitzat en drets d'autor i laboral.
L'any 1991 és escollit primer secretari de la Joventut Socialista de Catalunya, càrrec que ocupa fins el 1993. L'any 1992 és escollit diputat al Parlament de Catalunya on va participar a la Comissió de Pressupostos, Economia i Justícia.
És elegit regidor de l'Ajuntament de Vilanova i la Geltrú l'any 1999 al capdavant de les regidories de Règim Intern i Personal, i posteriorment de Cultura. Poc després, és va convertir en alcalde de la mateixa localitat.
Forma part de l'executiva del PSC des de l'any 2001, i a més és secretari de la Comissió Executiva de la Fundació Rafael Campalans.