lunes, 18 de septiembre de 2017

Disposición 10609 del BOE núm. 224 de 2017

Rafael del Barco Carreras

Barcelona 18-9-2017. Para cualquier ex bancario el BOE  n.224 del sábado 16 equivaldría al Art. 155 de la CONSTITUCIÓN o la aplicación de la LEY DE SEGURIDAD NACIONAL. Y para mí de tal importancia que recomiendo su lectura. Esa ley o disposición debería acabar de raíz con el 'procés' más LA CORRUPCIÓN Y MALVERSACIÓN DE DINERO PÚBLICO.

Junqueras, que en un tiempo amenazó con 'detener una semana  la economía catalana', se olvida de su chulesca actitud anterior a su nombramiento de VICEPRESIDENTE DE ECONOMÍA y acude de nuevo al victimismo. Publica La Vanguardia: ”Nos intervienen y prohíben ayudar a la gente los que se han pulido 64.000 millones de euros del fondo de reserva de la Seguridad Social”, "ha criticado Junqueras, que ha aseverado que la intervención supone que la Generalitat no puede destinar ni un céntimo, ha dicho, a medidas de impulso de la economía, pero tampoco a la Renta Garantizada de Ciudadanía." 

 Repito se olvida de la deuda de la Generalitat hacia los 80.000 millones de euros, o CATALUÑA CAIXA de Narcís Serra con un pasivo de unos 70.000 millones de euros cuando ERC su partido formaba parte del Consejo de Administración, y del Tripartito de Montilla de quién dependía esa caixa y las ocho restantes cajas de ahorro catalanas. Insisto, repito y repitiré, porque nuestros políticos se olvidan de quién saqueó Cataluña, y además encubren a PUJOL no facilitando información a la AUDIENCIA NACIONAL.

Los bancos dirimirán cumpliendo la Ley. Sin discusión, sin políticos. Unos simples añadidos en los ordenadores y en irónica teoría hasta PUIGDEMONT, JUNQUERAS, O FORCADELL NO COBRARÍAN este fin de mes sus disparatados sueldos, los más elevados de la política española, y totalmente dedicados al REFERÉNDUM E INDEPENDENCIA, por tanto MALVERSANDO, PREVARICANDO, CONSPIRANDO, TRAICIONANDO AL PAÍS QUE LES PAGA, Y ETC.  Diría que no sucederá DE MOMENTO AUNQUE DEBIERA.

Se inicia una selección de pagos que provocará infinitas reclamaciones judiciales. Cuando por ejemplo las imprentas reciben los encargos para la propaganda del referéndum fuera antes o después de la orden del Constitucional, o las diferentes responsabilidades penales de los ejecutivos de TV3 o Catalunya Radio y de todos los medios subvencionados.


"Maza dice que "se podría considerar" el arresto de Puigdemont porque el objetivo es "impedir el 1-O"."

"Maza pide "prudencia" a la hora de actuar porque "estos señores buscan una reacción del Estado desproporcionada, que a ellos les vendría muy bien". A la vez, admite los límites que tiene la misma fiscalía: "Muchos piensan que la Fiscalía es la gran solución, que seremos como Superman y lo impediremos todo"."

¿Quién valora esas desproporciones a que alude el Fiscal General? ¿Acaso la desconexión o dinamitar España no provocaría un MAL DESPROPORCIONADO?

Disposición 10609 del BOE núm. 224 de 2017 - BOE.es

www.boe.es/boe/dias/2017/09/16/pdfs/BOE-A-2017-10609.pdf
hace 1 día - MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. 10609. Orden HFP/878/2017, de 15 de septiembre, por la que se publica el Acuerdo.


BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 224
Sábado 16 de septiembre de 2017
Sec. I. Pág. 91814
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
10609
Orden HFP/878/2017, de 15 de septiembre, por la que se publica el Acuerdo
de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 15 de
septiembre de 2017, por el que se adoptan medidas en defensa del interés
general y en garantía de los servicios públicos fundamentales en la Comunidad
Autónoma de Cataluña.
La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, en su reunión del
día 15 de septiembre de 2017, ha aprobado, a propuesta del Ministro de Hacienda y
Función Pública, un Acuerdo por el que se adoptan medidas en defensa del interés general
y en garantía de los servicios públicos fundamentales en la Comunidad Autónoma de
Cataluña.
En su virtud, en aplicación de lo previsto en el artículo 24.1.e) de la Ley 50/1997, de 27
de noviembre, del Gobierno, se dispone la publicación de dicho Acuerdo en el «Boletín
Oficial del Estado», en los términos que figuran en el anexo de la presente Orden.
Madrid, 15 de septiembre de 2017.–El Ministro de Hacienda y Función Pública,
Cristóbal Montoro Romero.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 15 de
septiembre de 2017, por el que se adoptan medidas en defensa del interés general y
en garantía de los servicios públicos fundamentales en la Comunidad Autónoma de
Cataluña
La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos acuerda:
Primero.
Adoptar nuevas medidas adicionales para garantizar en la Comunidad Autónoma de
Cataluña la prestación de los servicios públicos en defensa del interés general, en los
términos que a continuación se recogen, y garantizar el cumplimiento de la Constitución y
las leyes.
Segundo.
Publicar en el «Boletín Oficial del Estado» el contenido del presente Acuerdo.
EXPOSICIÓN
La Constitución española de 1978 introduce en nuestro modelo de organización de
la convivencia colectiva el que la misma pueda desarrollarse en libertad y en un marco
democrático de conformidad con un sistema de distribución del poder político. Partiendo
del artículo 2 de la Constitución española que reconoce el derecho a la autonomía a las
nacionalidades y regiones que integran España, se configura, como un Estado único,
con un único Ordenamiento jurídico en el que se integran los ordenamientos de las
diferentes Comunidades Autónomas que, precisamente, lo son en tanto que integrados
en el Ordenamiento jurídico español. El Tribunal Constitucional señala que «en ningún
caso el principio de autonomía puede oponerse al de unidad, sino que es precisamente
dentro de éste donde su alcanza verdadero sentido, de acuerdo con el artículo 2 de la
Constitución» (STC 4/1981); «el derecho a la autonomía de las nacionalidades y...


En el caso de haberse prestado el servicio o el suministro, a la fecha de publicación del
presente Acuerdo, que pudiera generar esa duda, se comunicará igualmente al MINHAFP
y en su caso, al Ministerio Fiscal.
Octavo.
Vigencia.
Se mantendrá la aplicación de lo previsto en este Acuerdo hasta que desaparezca la
situación de riesgo para el interés general en la Comunidad Autónoma de Cataluña o sea
necesario para garantizar la prestación de los servicios públicos en la Comunidad
Autónoma, en los términos descritos en este Acuerdo. Esta circunstancia deberá ser
apreciada por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.
La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, a propuesta del
Ministro de Hacienda y Función Pública, en su reunión de 15 de septiembre de 2017

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